Pesca ilegal, no reglamentada y no declarada en el Mar Argentino

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Actualmente es evidente que la enorme biodiversidad presente en los océanos los dota de un carácter determinante sobre la meteorología y el clima del planeta, ubicando su preservación y protección como una de las prioridades estatales primarias. El mar territorial argentino abarca una distancia de doce millas marinas a partir de lo establecido en el artículo primero de la Ley 23.968, alcanzando una cantidad de 168.665 km2 de espacio marítimo. 

En términos generales, el Mar Argentino se extiende desde la boca del estuario del Río de la Plata al Norte, hasta el Banco Burdwood al Sur, y desde la costa argentina hasta el comienzo del talud. Teniendo en cuenta la poca profundidad de 200 metros de media que presenta, la posesión de riqueza en recursos naturales vivos y no vivos (áridos, hidrocarburos, hidratos de metano, gas biogénico, nódulos polimetálicos), y la presencia de energía undimotriz, mareomotriz, térmica, osmótica, y eólica, el Mar Argentino es considerada uno de los más ricas en recursos naturales a nivel mundial.

Siendo que el petróleo y el gas conforman más del 95% del valor económico de la total producción marina actual, que el sector pesquero es uno de los más dinámicos del país alcanzando alrededor del 1% del PBI, y que una porción mayor al 90% del intercambio comercial nacional se realiza por vías marítimas, la Armada Argentina no duda en declarar fundamental el componente marítimo doméstico. 

Marco jurídico en el Mar Argentino

A través de la suscripción a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982) (a partir de ahora “CONVEMAR”), es posible afirmar el derecho de todo Estado a establecer el ancho de su mar territorial hacia un límite que no exceda las 12 millas marinas. En dicho espacio, los Estados poseen plena soberanía no solamente en términos marítimos, sino también sobre el espacio aéreo, el lecho y el subsuelo del mismo; aunque con las limitaciones impuestas por el Derecho Internacional. 

Por otra parte, la CONVEMAR incluye la delimitación de la “zona contigua”, entendida como aquella incapaz de extenderse más allá de 24 millas marinas, sobre la cual el Estado posee la facultad de sancionar medidas tendientes a la prevención de infracciones. También se reconoce la presencia de una “zona económica exclusiva”; es decir, la porción territorial ubicada más allá del mar territorial pero adyacente a él, regulada por el régimen jurídico específico y detallado en dicha Convención.

En cuanto al Mar Argentino, la Ley 23.968 establece que más allá del límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas marinas a partir de la base establecida en el artículo primero de dicha ley, se encuentra la Zona Económica Exclusiva de la Nación Argentina. Allí el país posee derechos de soberanía referidos a la exploración, explotación, conservación y administración de recursos naturales presentes en el mar. De este modo, las acciones tendientes a la pesca en dicho espacio solamente serán permitidas a aquellos buques que enarbolan la bandera argentina; quedando totalmente prohibida toda excepción bajo lo establecido por la reforma al Régimen Federal de Pesca y la demarcación del límite exterior de la Plataforma Continental Argentina.

Actividad ilegal en la zona económica exclusiva Argentina

Partiendo de la presencia histórica de actividades ilegales en las aguas a lo largo del globo,  la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura ha enmarcado a las mismas en tres grupos: Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada. La primera es concebida como aquella realizada tanto por buques extranjeros como nacionales en aguas bajo la jurisdicción de un Estado sin su permiso o contraviniendo su orden. La Pesca No Declarada es aquella que no ha contado con aviso previo o ha sido declarada de un modo inexacto ante la autoridad nacional correspondiente. La Pesca No Reglamentada, por su parte, se realiza en zonas de peces que carecen de medidas de conservación u ordenación.

En tal sentido, el Ministerio de Defensa Nacional argentino remarca la actividad realizada por la Prefectura Naval Argentina como protectora de toda posible acción ilegal en aguas argentinas; aunque exponiendo la captura de 80 buques pesqueros protagonistas de actividades ilegales en la Zona Económica Exclusiva Argentina entre 1986 y 2020. 

La magnitud de los océanos dificulta el control total de las actividades y la pesca ilegal emerge como una constante en todo el mundo. La Prefectura Naval Argentina señala que 15 de ellos provienen de Corea del Sur, 12 de China, 11 de Taiwán y 11 de España.

A principio de este año, las redes sociales permitieron viralizar la presencia de buques extranjeros en el límite del Mar Argentino, mediante un vuelo organizado por el piloto y activista Enrique Piñeyro. Por medio del mismo resultó factible observar el modus operandi de los buques extranjeros: aguardan en la milla 201, o incluso sobre el límite del Mar Argentino y, mediante radares propios, se encargan de observar la presencia o no de algún barco de Prefectura Naval. Es cuando estos escasean que aprovechan para ingresar.

En tal sentido, un estudio realizado por Milko Schvartzman permite observar que en los límites marítimos del país la presencia de buques extranjeros es considerable y sus nacionalidades altamente diversas: señala que un 40% de aquellos pertenece a China, mientras que entre un 18% y un 20% a Taiwán, de un 18% a un 20% a Corea del Sur; y el resto a España. 

La mayoría de los Estados desobedecen todo tipo de legislación, ordenamiento o reglamentación que se conciben obligatorias para todo barco con pretensiones de pesca en el Mar Argentino. Bajo tal operativa, los buques extranjeros abaratan los costos de operación frente a los de una flota regulada, ocasionando pérdidas económicas. En concordancia con ello, la excesiva presencia de buques nacionales y extranjeros afianza aún más el daño medioambiental, pues la mayoría de ellos abocan su búsqueda a la captura del calamar, merluza, merluza negra y abadejo, generando un exceso de pesca preocupante. 

La organización ambientalista Greenpeace ha sido capaz de plasmar en un informe las acuciantes condiciones en las que se encuentra el Mar Argentino, en donde los buques presentes incurren habitualmente en prácticas ilegales y desreguladas, mediante la realización de la pesca sin banderas o la falta de reporte de sus actividades.

En el mes de mayo del año 2020 se reportó el ingreso ilegal de alrededor de 100 buques pesqueros del Este Asiático a la Zona Económica Exclusiva Argentina, generando la alerta máxima por parte de Greenpeace. La organización enfatiza en la necesidad de protección urgente del Mar Argentino, llamando a la colaboración de los gobiernos para generar un acuerdo en las sesiones tendientes al Tratado Global de Los Océanos pactada para los días 15 al 26 de agosto de 2022. 

Es cada vez más real la “ciudad” de barcos con luces encendidas vista en las imágenes satelitales; barcos que eluden la patrulla de autoridad marítima de Argentina. El objetivo parece ser único: sacar provecho del vacío legal de las aguas internacionales y acceder a un escenario inmejorable en materia de recursos.  

¿Qué hacer al respecto?

La adopción de la Agenda 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenible implica, entre tantos otros puntos, la eliminación de las subvenciones que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, pues es un tema esencial de interés nacional. Como tal, emana la completa concientización tanto social como legislativa, en pos de poder aplicar medidas tendientes a su correcta penalización. No obstante, muy probablemente resulte necesario un trabajo diplomático abocado a la restricción extranjera en las aguas nacionales que sea capaz de respaldarla.

Sin embargo, más allá de la especificación de las medidas propias que pueda tomar el Estado, está a la vista la urgencia que reviste la actividad ilegal en el Mar Argentino. Con lo cual, si la preservación del medioambiente es concebida como prioridad, al igual que la de los recursos naturales, y consecuentemente, del desarrollo económico del país, las aguas que lo conforman requieren de atención y protección acuciante y eficiente.

 

Fuente: NASA, 2013.

Fuente portada: Andrés D’Elía

Luana Moreno

Luana Moreno tiene 21 años, es estudiante de la Licenciatura en Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Lanús, Buenos Aires, Argentina. Actualmente se encuentra cursando su tercer año, y al momento de finalizar el mismo, optará por la Mención en Defensa Nacional y Seguridad Internacional. A su vez, desde marzo de 2021, forma parte del programa de pasantías “Ideas Joven”, en el Instituto Ideas de Economía Aplicada y Sociedad; donde se encuentra inmersa en el área de Defensa y Seguridad.

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